Régimen de Plataformas Digitales
Este régimen aplica a personas físicas que generan ingresos mediante plataformas tecnológicas, las cuales fungen como intermediarias entre el consumidor y el contribuyente. Es un régimen especial y con reglas distintas a RESICO y Actividades Empresariales.
Última actualización: 19 de noviembre, 2025
Contenidos:
¿Quiénes tributan en este régimen?
Personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas que intermedian la venta de bienes o servicios, tales como:
Movilidad y transporte:
- Uber
- Didi
- Beat
Entregas:
- UberEats
- Rappi
- Didi Food
Hospedaje:
- Airbnb
- Booking
- Vrbo
Venta de bienes:
- Mercado Libre
- Amazon Marketplace
- Shopee
Servicios profesionales:
- Fiverr
- Upwork
- Workana
Si la plataforma sirve de intermediaria y participa en el cobro, retiene impuestos automáticamente.
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
Objetivo del régimen
Crear un esquema simple donde:
- Las plataformas retengan el ISR y el IVA
- El contribuyente pueda optar por un pago definitivo (sin declaración mensual)
- Se facilite la incorporación a la formalidad
- Se promueva la fiscalización de la economía digital
Principales obligaciones fiscales
El contribuyente debe:
- Inscribirse en el RFC como "ingresos por plataformas digitales"
- Emitir CFDI cuando el usuario se lo solicite
- Conservar constancias de retenciones
- Presentar declaración mensual solo si NO opta por pago definitivo
- Presentar declaración anual SIEMPRE, incluso con pago definitivo

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
Ingresos que se consideran
- Pagos recibidos por servicios prestados mediante plataformas
- Comisiones u honorarios pagados por la plataforma
- Propinas recibidas dentro de la plataforma
- Rentas de inmuebles gestionadas por la plataforma
- Venta de bienes cuando la plataforma participa en cobro o promoción
No se consideran ingresos facturados fuera de la plataforma o rechazados/cancelados.
Deducciones aplicables
Dependen de la opción elegida por el contribuyente:
Opción 1: Pago definitivo (no se presentan declaraciones mensuales)
La plataforma retiene:
- ISR según tarifa aplicable a plataformas
- IVA según tablas definidas
Y esas retenciones son el impuesto final a pagar.
En esta modalidad NO se permiten deducciones, excepto gastos personales en la declaración anual. Es ideal cuando los ingresos son pequeños o variables y la operación tiene pocos gastos deducibles.
Opción 2: Declaración provisional (con deducciones)
El contribuyente puede deducir gastos reales relacionados a la actividad:
- Combustible
- Mantenimiento de vehículo
- Teléfono e internet
- Comisiones de la plataforma
- Herramientas o insumos
- Publicidad
- Cuotas IMSS voluntarias
- Servicios profesionales (contadores, abogados)
Además puede aplicar deducciones personales en la declaración anual:
- Médicos
- Colegiaturas
- Hipotecarios
- Donativos
- Ahorro para el retiro
Topes 2026:
- 15% del ingreso anual, o
- 5 UMA anuales (~$189,222)
Cálculo del ISR provisional
La plataforma retiene ISR cada vez que realiza un pago al contribuyente. Las tasas son entre 1% y 20%, dependiendo del tipo de ingreso y monto mensual recibido.
Si optas por pago definitivo
El ISR retenido = ISR final.
Si optas por declaración normal
Debes calcular ISR mensual así:
- Ingresos del mes
- (-) Deducciones autorizadas
- (=) Base gravable
- (×) Tarifa ISR personas físicas
- (=) ISR mensual
- (-) ISR retenido por plataforma
- (=) ISR a pagar
En enero, el cálculo puede ser diferente si el contribuyente inicia actividades a mitad del mes o del ejercicio.
Cálculo del IVA
IVA trasladado (cobrado)
16% sobre servicios o ventas que causan IVA.
IVA retenido por plataforma
La plataforma retiene:
- 8% de IVA para servicios
- 50% del IVA en ventas
IVA acreditable
IVA pagado por gastos del contribuyente.
Cálculo final:
IVA a pagar = IVA trasladado – IVA acreditable – retenciones de IVA
En muchos casos resulta saldo a favor.
Declaración anual
SIEMPRE debes presentarla, aun con pago definitivo.
Incluye:
- Ingresos totales del año
- Retenciones de ISR e IVA
- Deducciones personales
- Gastos deducibles (si aplica modalidad 2)
- Determinación del ISR anual
El resultado puede ser:
- ISR a pagar
- ISR en ceros
- Saldo a favor
El SAT cruza CFDI, depósitos bancarios e información enviada por plataformas.
Obligaciones informativas
La plataforma reporta al SAT:
- Ingresos por usuario
- Retenciones aplicadas
- Comisiones cobradas
- Identificación fiscal del contribuyente
El contribuyente debe:
- Conservar constancias de retenciones
- Estar localizable en Buzón Tributario
- Emitir CFDI cuando se solicite
Casos especiales importantes
1. Si NO proporcionas RFC a la plataforma
Las retenciones aumentan significativamente.
2. Si tienes ingresos fuera de la plataforma
Debes declararlos por separado.
3. Si rentas inmuebles por Airbnb
- Debes emitir CFDI
- Se causa ISR e IVA
- La plataforma retiene una parte
4. Si ya estabas en RESICO
Puedes combinar ingresos RESICO + plataformas, pero NO tributar en RESICO por ingresos de plataformas.
5. Si superas los límites de ingreso
Debes cambiar de régimen.
Fiscalización 2026
SAT incrementa:
- Obligación de plataformas de compartir datos en tiempo real
- Cruce automático de depósitos bancarios
- Revisión de facturas emitidas vs. ingresos recibidos
- Validación automática de retenciones con CFDI de ingresos
Las plataformas deben estar inscritas en el padrón del SAT.
Ventajas del régimen
- Cumplimiento fiscal simplificado
- Retenciones automáticas
- Opción de pago definitivo
- Se pueden aplicar deducciones personales
- Acceso a devoluciones en anual
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar: