Régimen de Dividendos e Intereses
Ingresos financieros, patrimoniales y extraordinarios para personas físicas en México.
Última actualización: 19 de noviembre, 2025
Este régimen agrupa ingresos financieros, patrimoniales y extraordinarios que no provienen de una actividad empresarial, profesional o de arrendamiento. Por tanto, se consideran ingresos adicionales que deben sumarse para efectos del cálculo anual del ISR.
Contenidos:
📌 ¿Quiénes tributan en este régimen?
Personas físicas que obtienen ingresos por:
💹 1. Dividendos
Ganancias distribuidas por empresas en las que el contribuyente tiene participación accionaria.
🏦 2. Intereses
Dinero generado por:
- Cuentas bancarias
- Inversiones (CETES, bonos, pagarés)
- Plataformas de inversión
- Financieras y sociedades de crédito
🎁 3. Otros ingresos
Incluye:
- Donativos
- Herencias
- Premios y sorteos
- Venta ocasional de bienes (autos, muebles, inmuebles)
- Ganancias por derechos de autor
- Deudas perdonadas
- Enajenaciones no habituales
Este régimen es especialmente importante para personas que combinan ingresos o que reciben dinero no sujeto a retención mensual.
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
🎯 ¿Cuál es el objetivo del régimen?
- Asegurar que todos los ingresos personales, incluso los no laborales, contribuyan al ISR.
- Dar un marco fiscal para la riqueza financiera y patrimonial de una persona.
- Permitir el uso de deducciones personales en la declaración anual.
- Controlar discrepancias fiscales (SAT vs. depósitos bancarios).
🧾 Principales obligaciones fiscales
✔ Declarar todos los ingresos adicionales en la declaración anual
Aunque muchos ingresos ya tienen una retención, esta retención NO es necesariamente el impuesto final.
✔ Conservar CFDI, constancias bancarias y documentos legales
El SAT cruza todo automáticamente.
✔ Declarar ventas ocasionales de bienes
Incluyendo:
- Autos
- Terrenos
- Propiedades sin actividad empresarial
✔ Declarar donativos y herencias cuando exceden límites exentos
Este punto es uno de los más desconocidos para los contribuyentes.
💰 Ingresos que se consideran para ISR
🟦 1. Dividendos
Son ingresos que ya traen una retención del 10%, pero aun así deben incluirse en la declaración anual.
¿Por qué?
Porque el 10% solo es un impuesto adicional:
→ Los dividendos también deben sumarse al ISR normal.
🟧 2. Intereses
Para 2026 se incrementó la retención anual del ISR sobre intereses de 0.5% a 0.9% debido al aumento en tasas de rendimiento.
Incluye:
- Bancos
- Casas de bolsa
- CETES directo
- Afores (en algunos supuestos)
- Plataformas financieras digitales
📌 Si tus intereses son muy bajos, puede no causar ISR final.
📌 Si son altos, pueden generar ISR adicional.
🟩 3. Otros ingresos
En esta categoría entran muchos casos especiales:
✔ Donativos
→ Exentos si son entre familiares directos
→ Causan ISR si son entre terceros y exceden 3 UMAS anuales
✔ Herencias
→ Exentas pero deben declararse para evitar discrepancia fiscal
✔ Enajenación ocasional de bienes
ISR = Ganancia (precio venta – precio adquisición)
✔ Premios, rifas y sorteos
ISR puede ser:
- Retención del 7%
- Tarifa anual según acumulación
✔ Deudas perdonadas
→ Se consideran ingreso acumulable

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
📉 Deducciones aplicables
Este régimen no permite deducciones asociadas directamente al ingreso, pero sí permite aplicar deducciones personales en la declaración anual:
- Gastos médicos
- Seguros de gastos médicos
- Intereses hipotecarios
- Colegiaturas
- Donativos
- Aportaciones complementarias de retiro
Topes 2026
El monto total deducible está limitado a lo menor de:
- 5 UMA anuales (~$189,222 MXN)
- 15% del ingreso total anual
🧮 Cálculo del pago provisional (ISR e IVA)
En este régimen:
✔ NO hay pagos provisionales obligatorios
(Excepto cuando se trate de actividades por servicios eventuales que requieren retención).
✔ El impuesto se determina principalmente en la DECLARACIÓN ANUAL.
ISR se calcula así:
▶ Para dividendos:
- Se suman a ingresos acumulables
- Se acredita ISR retenido por la empresa
- Se calcula el ISR anual
▶ Para intereses:
- Se determina el interés REAL (interés nominal – inflación)
- Se acumula el interés real
- Se acredita la retención del banco
▶ Para donativos, premios y enajenación:
Se aplican reglas especiales según tipo de ingreso.
📌 IVA no aplica, ya que no son actividades empresariales.
📆 Declaración anual
La declaración anual debe incluir:
✔ Dividendos recibidos
Incluyendo ISR retenido.
✔ Intereses
Con distinción entre nominales y reales.
✔ Enajenación ocasional de bienes
ISR sobre la ganancia real.
✔ Herencias y donativos
Incluso si son exentos.
✔ Premios y sorteos
ISR retenido y acumulable.
✔ Deducciones personales
Para reducir el ISR final.
📌 Muchos contribuyentes obtienen saldo a favor si tuvieron altas retenciones y pocas ganancias reales.
📋 Obligaciones informativas
El SAT ya tiene la mayoría de la información a través de:
- Bancos
- Casas de bolsa
- Empresas emisoras de dividendos
- Notarios (ventas y donativos)
- Plataformas financieras
Pero aun así el contribuyente debe:
- Revisar su prellenado
- Confirmar importes
- Declarar ingresos no reflejados en el SAT
- Conservar constancias por 5 años
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:
❗ Casos especiales importantes
1️⃣ Dividendos de empresas extranjeras
→ Se paga ISR en México aun si ya se pagó impuesto en el extranjero.
→ Puede acreditarse según tratado para evitar doble tributación.
2️⃣ Rendimientos negativos
→ No generan ISR, pero deben declararse.
3️⃣ Venta ocasional de inmuebles
→ Puede estar parcialmente exenta si es casa habitación pero debe documentarse.
4️⃣ Premios
→ Si el organizador no retiene, el contribuyente debe pagar ISR en anual.
5️⃣ Depósitos bancarios no identificados
→ SAT puede clasificarlos como "otros ingresos", generando discrepancia fiscal.
⚠️ Fiscalización 2026
SAT intensifica vigilancia sobre:
- Intereses bancarios y plataformas digitales
- Dividendos no declarados
- Premios o donativos que no aparecen en la anual
- Depósitos no conciliados
- Ventas ocasionales no reportadas
Cruce automático: Bancos → SAT → Anual del contribuyente
✅ Ventajas del régimen
- Control fiscal claro de ingresos financieros
- Posibilidad de recuperar retenciones vía saldo a favor
- Reconocimiento de exenciones en herencias y donativos
- Reducción de ISR con deducciones personales
📲 ¿Necesitas ayuda personalizada?
Si recibes intereses, dividendos, herencias, donativos o premios, un contador virtual de MiCont@ puede ayudarte a:
- Determinar tu ISR real
- Identificar deducciones aplicables
- Detectar discrepancias
- Preparar tu declaración anual correctamente