Mi Contax Logo

Sueldos y Arrendamiento en la Declaración Anual

Si eres asalariado y además rentas un inmueble, ambos ingresos se acumulan en tu declaración anual.

Última actualización: 19 de noviembre, 2025

¿Qué pasa si percibes ingresos por ambos conceptos?

Si una persona física trabaja como asalariado y además recibe ingresos por rentar un inmueble, debe considerar ambos tipos de ingresos como acumulables al momento de presentar su declaración anual ante el SAT.

¿Ya sabes si tienes dinero en el SAT?

El 80% de los mexicanos tienesaldo a favor y no lo sabeDescubre cuánto tienes con MiContax🔹Recupéralo sin riesgos🔹Paga hasta que el SAT te deposite
MiContax

Deducciones autorizadas por arrendamiento

Existen dos métodos de deducción permitidos por ley para contribuyentes con ingresos por arrendamiento:

Opción 1: Deducción de erogaciones efectivas

Puedes restar todos los gastos efectivamente realizados, como:

  • Impuesto predial.
  • Gastos de mantenimiento.
  • Honorarios profesionales.
  • Primas de seguros del inmueble.
  • Depreciación actualizada del valor del inmueble.

Esta opción es ideal si tus gastos reales son altos, ya que permiten reducir considerablemente tu base gravable.

Opción 2: Deducción opcional del 35% + impuesto predial

Alternativamente, puedes aplicar una deducción automática del 35% sobre el total de los ingresos por arrendamiento, más el impuesto predial pagado.

Esta opción simplifica el cálculo y puede ser más beneficiosa si tus gastos reales son menores.

Ejemplo práctico

Una persona que:

  • Recibe $360,000 por rentas habitacionales.
  • Tiene gastos y depreciaciones por $189,207.
  • Puede optar entre deducir esa cantidad o deducir $168,695 usando el método del 35%.

Como las erogaciones reales son mayores, le conviene la primera opción.

Cliente feliz Juan
Juan acaba de recuperar $3,500 mxn de sus impuestos.

Ingresos por Sueldos

Si también percibiste sueldos, deberás acumular:

  • Todos los ingresos brutos recibidos por nómina.
  • Restar ingresos exentos (como parte del aguinaldo, vales o fondo de ahorro).

Por ejemplo:

  • Total de ingresos por sueldos: $689,650.
  • Ingresos exentos: $200,365.
  • Ingreso acumulable: $489,285.

Deducciones personales aplicables

Además, puedes aplicar deducciones personales como:

  • Gastos médicos y hospitalarios.
  • Primas de seguros médicos.
  • Lentes ópticos.
  • Gastos funerarios.

Estas deducciones se suman a las de arrendamiento y se restan de tus ingresos acumulables para determinar la base gravable final.

Consideración legal

El total de deducciones personales no puede exceder del 15% de tus ingresos totales o 5 veces la UMA anual, lo que sea menor.

¡8 de cada 10 trabajadores tienen saldo a favor!

Descubre si eres uno de ellos gratuitamente con MiContax y recupera el dinero que te pertenece con nuestra ayuda.